Dejando de lado los problemas con los cupos para furgonetas y minusválidos, hay dos modos de afirmar que todo el parqueadero está mal dimensionado: uno es jurídico, en tanto el Acuerdo 20 de 1995 no ha sido derogado y es de superior jerarquía al Decreto 1008 de 2000, así este último sea posterior en el tiempo; el otro problema es funcional, pues a menos que uno tenga un Clío, un Aveo, o si a uno le ha ido muy bien, una Mini Cooper, la mayoría de los automóviles que se utilizan hoy en día no caben en un espacio de 2.20 por 4.50. Peor aún: como la estructura del edificio es de pantallas de concreto, y no de columnas, la mayoría de los cupos quedará encajonada entre muros, de manera que cada carro tendrá únicamente la posibilidad de abrir una puerta. Si la puerta es la de la conductora y ésta va de falda y tacones, mi solidaridad anticipada con la contorsionista.